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Registro de actividades de tratamiento 

La Ley N° 19.628 Sobre protección a la vida privada y su modificación introducida por la Ley N° 21.719, establece la obligación para todo responsable del tratamiento de datos personales de mantener un registro detallado y actualizado de las actividades de registro de tratamiento efectuadas bajo su responsabilidad. Dicho registro debe mantenerse a disposición de la autoridad de control y contendrá la siguiente información: 

1) Nombre y datos de contacto del responsable del tratamiento, y del representante legal en Chile. 

2) Los fines específicos y legítimos del tratamiento de los datos personales. Cuando el tratamiento está basado en el consentimiento del titular, la existencia del derecho a retirarlo en cualquier momento, sin que ello afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a su retirada. 

3) Descripción clara de las categorías de titulares de datos y de las categorías de datos personales tratados, incluyendo, clases y tipos de datos de que se trata. 

4) En caso de realizar la transferencia de datos personales a un tercer país u organización internacional, si éstos ofrecen o no un nivel adecuado de protección. En caso de que no cuenten con un nivel adecuado de protección, se deberá informar si existen garantías que justifiquen tal transferencia. 

5) La Fuente de la cual provienen los datos personales, y si provienen de fuentes de acceso público. 

6) Cuando sea posible, el periodo durante el que se conservaran los datos personales de las diferentes categorías de datos personales tratados. 

7) Una descripción de las medidas técnicas y organizativas de seguridad implementadas para proteger los datos personales administrados. 

8) La existencia de decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles. En tales casos, información significativa sobre la lógica aplicada, así como las consecuencias previstas de dicho tratamiento para el titular.